Código Civil · Procedimiento ante el Ministerio de Justicia
Nacionalidad española por residencia
Asesoramiento integral en procedimientos de adquisición de la nacionalidad española, especialmente nacionalidad por residencia.
¿Es esta la opción adecuada para ti?
Está pensada para quien ya reside legalmente en España y quiere consolidar su situación de forma definitiva.
El servicio puede comprender análisis del tiempo de residencia, antecedentes, documentación extranjera, presentación telemática, seguimiento del expediente, respuesta a requerimientos y asistencia posterior con la jura y obtención de documentación española.
El tiempo exigido depende de tu nacionalidad y de tu situación: para algunas personas es de solo un año.
Requisitos principales
Estos son los requisitos esenciales. La documentación concreta puede variar según tu nacionalidad, tu situación personal y los cambios normativos.
Tiempo de residencia
Con carácter general, diez años. Cinco años para personas refugiadas. Dos años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y para personas sefardíes. Un año en supuestos como haber nacido en España o estar casado con una persona española.
Residencia legal y continuada
La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
Buena conducta cívica
Carecer de antecedentes penales y acreditar buena conducta cívica.
Integración
Superar el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y, si no eres de un país hispanohablante, el examen de español DELE A2.
Documentación del país de origen
Certificado de nacimiento y de antecedentes penales, legalizados o apostillados y, cuando proceda, traducidos.
Presentación
La solicitud se presenta de forma telemática ante el Ministerio de Justicia.
Tras la concesión
Jura o promesa de la Constitución, inscripción en el Registro Civil y obtención del DNI y el pasaporte españoles.
¿Cómo podemos ayudarte?
- Análisis inicial de elegibilidad.
- Estrategia migratoria.
- Checklist personalizado.
- Revisión jurídica de documentación.
- Preparación y presentación del expediente.
- Seguimiento administrativo.
- Respuesta a requerimientos cuando corresponda.
- Asistencia con los trámites posteriores a la concesión.
Documentación habitual
- Pasaporte y tarjeta de identidad de extranjero en vigor.
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen.
- Certificado de empadronamiento.
- Diplomas de los exámenes CCSE y DELE A2, cuando se exijan.
- Documentos que acrediten el supuesto de plazo reducido, cuando corresponda.
La documentación definitiva dependerá de las circunstancias personales del solicitante, su nacionalidad y el procedimiento aplicable. Tras el análisis inicial recibirás un checklist personalizado.
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Cuéntanos tu situación
Analizaremos tu caso y te explicaremos qué vía puede adaptarse a tus circunstancias.
La información contenida en esta página es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos de extranjería pueden variar según las circunstancias personales del solicitante y la normativa vigente en el momento de la solicitud.