Ley 12/2009, reguladora del derecho de asilo
Asilo y protección internacional
Solicitud del estatuto de refugiado o de la protección subsidiaria y acompañamiento durante todo el procedimiento.
¿Es esta la opción adecuada para ti?
Está pensada para personas que no pueden regresar con seguridad a su país porque sufren persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un grupo social, género u orientación sexual, o porque corren un riesgo real de sufrir daños graves.
Te ayudamos a preparar el relato y la documentación de tu solicitud, te acompañamos en la entrevista y en cada fase del procedimiento, y analizamos las alternativas si la solicitud no prospera.
Si la protección internacional se deniega, puede valorarse una autorización por razones humanitarias u otra vía.
Requisitos principales
Estos son los requisitos esenciales. La documentación concreta puede variar según tu nacionalidad, tu situación personal y los cambios normativos.
Temor fundado de persecución
Para el estatuto de refugiado, un temor fundado de persecución por alguno de los motivos que recoge la ley.
Riesgo de daños graves
Para la protección subsidiaria, un riesgo real de sufrir daños graves si regresas a tu país.
Plazo de solicitud
La solicitud debe presentarse en el plazo de un mes desde la entrada en España o desde que surgen los motivos que la justifican.
Relato y pruebas
Un relato coherente de tu situación, acompañado de los documentos e indicios que puedas aportar.
Entrevista personal
La persona solicitante es entrevistada y debe colaborar con las autoridades durante el procedimiento.
Durante el procedimiento
Si la solicitud se admite a trámite, recibes un documento de solicitante que te permite permanecer en España. Si pasados seis meses no hay resolución, puedes trabajar.
Resoluciones posibles
Estatuto de refugiado, protección subsidiaria, autorización por razones humanitarias o denegación, contra la que caben recursos.
¿Cómo podemos ayudarte?
- Análisis inicial de elegibilidad.
- Estrategia migratoria.
- Checklist personalizado.
- Revisión jurídica de documentación.
- Preparación y presentación del expediente.
- Seguimiento administrativo.
- Respuesta a requerimientos cuando corresponda.
- Asistencia con los trámites posteriores a la concesión.
Documentación habitual
- Pasaporte o documento de identidad, si lo tienes.
- Documentos que respalden tu relato: denuncias, informes, noticias, documentación médica.
- Documentación de los familiares que te acompañan.
- Cualquier otro documento que acredite tu situación en el país de origen.
La documentación definitiva dependerá de las circunstancias personales del solicitante, su nacionalidad y el procedimiento aplicable. Tras el análisis inicial recibirás un checklist personalizado.
Procedimientos relacionados
- Razones humanitariasIncluidos algunos casos tras la denegación de la protección internacional.Ver procedimiento
- Arraigos y circunstancias excepcionalesOtras vías para regularizar tu situación si estás en España.Ver procedimiento
- Recursos contra denegacionesSi tu solicitud ha sido denegada.Ver procedimiento
Cuéntanos tu situación
Analizaremos tu caso y te explicaremos qué vía puede adaptarse a tus circunstancias.
La información contenida en esta página es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos de extranjería pueden variar según las circunstancias personales del solicitante y la normativa vigente en el momento de la solicitud.