Circunstancias excepcionales
Razones humanitarias
Autorización de residencia por razones humanitarias en los supuestos previstos en la normativa, incluidos algunos casos tras la denegación de la protección internacional.
¿Es esta la opción adecuada para ti?
Está pensada para personas que se encuentran en España en situaciones especialmente graves que la ley protege, aunque no cumplan los requisitos de otras autorizaciones.
Analizamos si tu situación encaja en alguno de los supuestos humanitarios y reunimos la documentación médica, judicial o administrativa que lo acredite.
Cada supuesto exige una acreditación específica: un buen análisis previo evita solicitudes que no prosperan.
Requisitos principales
Estos son los requisitos esenciales. La documentación concreta puede variar según tu nacionalidad, tu situación personal y los cambios normativos.
Enfermedad grave sobrevenida
Padecer una enfermedad grave que requiera asistencia sanitaria especializada no accesible en tu país de origen, cuya interrupción suponga un grave riesgo para la salud o la vida.
Víctimas de determinados delitos
Haber sido víctima de delitos como los cometidos por motivos racistas, antisemitas o de discriminación, o de otros supuestos que prevé la ley.
Peligro al regresar
Que el traslado a tu país suponga un peligro para tu seguridad o la de tu familia, en los términos previstos en la normativa.
Tras la protección internacional
En algunos casos, cuando se ha denegado la protección internacional pero se reconocen razones humanitarias.
Antecedentes penales
Con carácter general, carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia anteriores.
Duración
Con carácter general, se concede por un año y puede renovarse o modificarse a otra autorización.
Trabajo
Las autorizaciones por circunstancias excepcionales habilitan para trabajar, con las particularidades de cada supuesto.
¿Cómo podemos ayudarte?
- Análisis inicial de elegibilidad.
- Estrategia migratoria.
- Checklist personalizado.
- Revisión jurídica de documentación.
- Preparación y presentación del expediente.
- Seguimiento administrativo.
- Respuesta a requerimientos cuando corresponda.
- Asistencia con los trámites posteriores a la concesión.
Documentación habitual
- Pasaporte en vigor.
- Informes médicos, en el supuesto de enfermedad grave.
- Sentencia o resolución judicial, en el supuesto de víctimas de delitos.
- Resolución de protección internacional, cuando corresponda.
- Certificado de antecedentes penales.
La documentación definitiva dependerá de las circunstancias personales del solicitante, su nacionalidad y el procedimiento aplicable. Tras el análisis inicial recibirás un checklist personalizado.
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Cuéntanos tu situación
Analizaremos tu caso y te explicaremos qué vía puede adaptarse a tus circunstancias.
La información contenida en esta página es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos de extranjería pueden variar según las circunstancias personales del solicitante y la normativa vigente en el momento de la solicitud.