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Silva Menéndez Legal

Ley 14/2013 · Prácticas profesionales

Residencia para prácticas

Autorización dirigida a determinados extranjeros que han obtenido recientemente una titulación superior y desean realizar prácticas profesionales en España relacionadas con su formación.

¿Es esta la opción adecuada para ti?

Va dirigida a quienes han obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la solicitud, o están cursando estudios que conducen a él. El título puede proceder de una institución reconocida de cualquier país, no necesariamente española.

Estudiamos la modalidad aplicable, revisamos el convenio o contrato correspondiente y gestionamos el procedimiento migratorio hasta su resolución.

No está sujeta a la situación nacional de empleo y puede solicitarse incluso antes de agotar la residencia para búsqueda de empleo.

Requisitos principales

Estos son los requisitos esenciales. La documentación concreta puede variar según tu nacionalidad, tu situación personal y los cambios normativos.

  1. Titulación reciente

    Título de educación superior obtenido en los dos años anteriores a la solicitud, o estudios en curso que conduzcan a él.

  2. Prácticas vinculadas a tu formación

    Las prácticas deben guardar relación con el ámbito de estudios y el nivel de cualificación de la titulación.

  3. Convenio o contrato formativo

    Un convenio de prácticas con la entidad de acogida o un contrato de trabajo formativo para la obtención de la práctica profesional (artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores).

  4. Seguro y medios económicos

    En la modalidad de convenio de prácticas debes acreditar seguro médico y medios económicos suficientes.

  5. Sin situación nacional de empleo

    Esta autorización no está sujeta a la situación nacional de empleo.

Duración

Con convenio, la duración del convenio, con un máximo de doce meses, renovable una sola vez sin superar dos años en total. Con contrato formativo, entre seis meses y un año.

Quién presenta la solicitud

En la modalidad de convenio, la entidad de acogida. Si resides fuera de España, necesitarás visado.

¿Cómo podemos ayudarte?

  • Análisis inicial de elegibilidad.
  • Estrategia migratoria.
  • Checklist personalizado.
  • Revisión jurídica de documentación.
  • Preparación y presentación del expediente.
  • Seguimiento administrativo.
  • Respuesta a requerimientos cuando corresponda.
  • Asistencia con los trámites posteriores a la concesión.

Así funciona nuestro proceso

Documentación habitual

  • Pasaporte en vigor.
  • Título de educación superior o acreditación de los estudios en curso.
  • Convenio de prácticas o contrato de trabajo formativo.
  • Programa formativo y condiciones de supervisión.
  • Seguro médico y acreditación de medios económicos, en la modalidad de convenio.
  • Certificado de antecedentes penales.

La documentación definitiva dependerá de las circunstancias personales del solicitante, su nacionalidad y el procedimiento aplicable. Tras el análisis inicial recibirás un checklist personalizado.

Cuéntanos tu situación

Analizaremos tu caso y te explicaremos qué vía puede adaptarse a tus circunstancias.

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