Régimen comunitario · Real Decreto 240/2007
Familiar de ciudadano de la Unión Europea
Régimen aplicable a determinados familiares de ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que ejercen su derecho de residencia en España.
¿Es esta la opción adecuada para ti?
Se dirige al cónyuge o la pareja registrada, a los descendientes menores de 21 años o mayores a cargo y a los ascendientes a cargo de un ciudadano de otro Estado de la UE, del EEE o de Suiza que reside en España. También pueden acogerse los familiares de personas españolas que hayan ejercido antes su derecho a la libre circulación en otro Estado miembro.
Gestionamos el análisis del vínculo familiar, la documentación económica y sanitaria cuando corresponda y la obtención de la correspondiente tarjeta de residencia.
Si la persona de referencia tiene nacionalidad española y no ha residido en otro Estado de la UE, la vía suele ser la de familiar de ciudadano español.
Requisitos principales
Estos son los requisitos esenciales. La documentación concreta puede variar según tu nacionalidad, tu situación personal y los cambios normativos.
Vínculo familiar
Acreditar el matrimonio, la pareja registrada o el parentesco y, en los casos en que se exija, que el familiar está a cargo.
Ciudadano comunitario residente
La persona de referencia debe residir en España como trabajadora, autónoma, estudiante o con recursos suficientes y seguro de enfermedad.
Medios económicos
El ciudadano de referencia debe acreditar medios económicos, mediante su actividad laboral o profesional o mediante recursos suficientes.
Sin antecedentes penales
Para la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión no se exige certificado de antecedentes penales.
Plazo de solicitud
La tarjeta se solicita en España en los tres meses siguientes a la entrada.
Duración y trabajo
La tarjeta se concede en principio por cinco años y permite trabajar.
Residencia permanente
Tras cinco años de residencia continuada se puede acceder a la residencia permanente en régimen comunitario.
¿Cómo podemos ayudarte?
- Análisis inicial de elegibilidad.
- Estrategia migratoria.
- Checklist personalizado.
- Revisión jurídica de documentación.
- Preparación y presentación del expediente.
- Seguimiento administrativo.
- Respuesta a requerimientos cuando corresponda.
- Asistencia con los trámites posteriores a la concesión.
Documentación habitual
- Pasaporte en vigor del familiar.
- Certificado de registro o documento de identidad del ciudadano de la UE.
- Documentos que acrediten el vínculo familiar.
- Acreditación de la actividad o de los medios económicos del ciudadano de referencia.
- Seguro de enfermedad, cuando corresponda.
- Acreditación de la dependencia, cuando se exija.
La documentación definitiva dependerá de las circunstancias personales del solicitante, su nacionalidad y el procedimiento aplicable. Tras el análisis inicial recibirás un checklist personalizado.
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Cuéntanos tu situación
Analizaremos tu caso y te explicaremos qué vía puede adaptarse a tus circunstancias.
La información contenida en esta página es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico. Los requisitos de extranjería pueden variar según las circunstancias personales del solicitante y la normativa vigente en el momento de la solicitud.